Consejo General del Poder Judicial  (CGPJ)

Marques de la Ensenada 8, 28004 Madrid

91 700 61 00

Presentar Escrito vía web: https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Atencion-Ciudadana/Quejas-y-reclamaciones/Formulario-de-queja-o-reclamacion-ON-LINE/

Email: presidencia@cgpj.es , atencion.ciudadana@cgpj.es , unidad.atencion.ciudadana@servicios.cgpj.es

 

Martes, 8 de agosto de 2023.

 

            Estimados Sr. PRESIDENTE y VOCALES del CGPJ (en funciones d. VICENTE GUILARTE).

 

Asunto: la Constitución prohíbe al CGPJ dirigir instrucciones a los jueces sobre la interpretación de las Leyes. Por lo tanto, el OBSERVATORIO no puede seguir impartiendo formación obligatoria a los Jueces, promoviendo el Feminismo y la Perspectiva de Género.

 

Nuestro reto es lograr “Una Justicia Independiente e Imparcial” y para ello consideramos fundamental que:

·         todos los miembros de la COMISIÓN DISCIPLINARIA del CGPJ sean independientes y no presidan ninguna organización controlada por el Gobierno de Turno.

·         Para garantizar la Imparcialidad de los Jueces, la Constitución prohíbe al CGPJ dirigir instrucciones a los jueces sobre la interpretación de las Leyes.

 

 

A.     Europa exige que la COMISIÓN DISCIPLINARIA del CGPJ, sea independiente e imparcial

El TJUE acaba de condenar a Rumania por no Garantizar una COMISIÓN DISCIPLINARIA independiente e imparcial. La COMISIÓN DISCIPLINARIA es el órgano del CGPJ que supervisa y sanciona a los Jueces.

 

Es la Sentencia del 11 de mayo de 2023 del TJUE, correspondiente al Asunto C 817-21:

https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf;jsessionid=24CD016CB2750BA5A62315F4FE9754A6?text=&docid=273603&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=1922593

 

 

B.     La COMISIÓN DISCIPLINARIA del CGPJ, ya no incluye a la Presidente del OBSERVATORIO

Felicitamos al CGPJ, por la nueva composición de la COMISIÓN DISCIPLINARIA del CGPJ.

Desde el 1 de agosto de 2023, la Presidente del OBSERVATORIO CONTRA LA VIOLENCIA DOMESTICA Y DE GÉNERO DEL CGPJ (en adelante el OBSERVATORIO), ya no forma parte de la COMISIÓN DISCIPLINARIA del CGPJ:

 

Autor , Comunicación Poder Judicial, martes, 25 de julio de 2023

El Pleno del CGPJ aprueba la nueva composición de las Comisiones legales

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, a propuesta de su presidente, p.s., el vocal Vicente Guilarte, ha aprobado hoy por 9 votos a favor, 6 en contra y uno en blanco la nueva composición de cuatro Comisiones legales: la Permanente, la Disciplinaria, la de Asuntos Económicos y la de Igualdad.

La composición de las Comisiones legales queda así:      ...

Comisión Disciplinaria:

  1. Wenceslao Olea Godoy
  2. Álvaro Cuesta Martínez
  3. Gerardo Martínez Tristán
  4. Enrique Lucas Murillo de la Cueva
  5. Juan Manuel Fernández Martínez
  6. Juan Martínez Moya
  7. José María Macías Castaño       ...

La nueva composición de las Comisiones legales tendrá efectos a partir del próximo 1 de agosto.

Nota de Prensa del Poder Judicial:  https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/En-Portada/El-Pleno-del-CGPJ-aprueba-la-nueva-composicion-de-las-Comisiones-legales#:~:text=El%20Pleno%20del%20Consejo%20General,Econ%C3%B3micos%20y%20la%20de%20Igualdad

 

La participación de la Presidente del OBSERVATORIO en la COMISIÓN DISCIPLINARIA no garantizaba su independencia e imparcialidad, pues dicho OBSERVATORIO está dirigido por los Ministros de Justicia + Interior + Igualdad y el Fiscal General del Estado.

https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Violencia-domestica-y-de-genero/El-Observatorio-contra-la-violencia-domestica-y-de-genero

 

El OBSERVATORIO formó parte de la COMISIÓN DISCIPLINARIA, directamente o indirectamente desde el 2004 (no era una ley escrita, pero era como un acuerdo “de facto”).

En el año 2004 doña Montserrat Comas, era presidente de ambos organismos.

 

 

C.     Sin embargo, el OBSERVATORIO del CGPJ sigue formando a los Jueces, a pesar de que el CGPJ tiene prohibido hacer recomendaciones a los jueces

 

Ver artículo: “LOS JUECES YA ESTÁN OBLIGADOS A HACER UN CURSO EN PERSPECTIVA DE GÉNERO DE 50 HORAS PARA OPTAR A UNA ESPECIALIZACIÓN”, publicado en EL DERECHO, de 17 noviembre 2022:

Esos cursos online gozan de gran popularidad en la carrera y desde 2019 los han realizado 1.600 jueces

Los jueces ya están obligados a hacer un curso en perspectiva de género de 50 horas para optar a una especialización                                                                                                          Europa Press

Los jueces y magistrados que quieran acceder a una especialización deben realizar y aprobar un curso de perspectiva de género de 50 horas, según confirman fuentes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Magistrados apuntan, además, que la formación en igualdad es continua desde la Escuela Judicial y se extiende a lo largo de toda su carrera.

 

Ese curso en perspectiva de género es obligatorio desde 2019, tras la entrada en vigor de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) sobre medidas urgentes en aplicación del Pacto de Estado en materia de violencia de género, recuerdan estas fuentes a Europa Press, y añaden que desde entonces 1.600 jueces ya lo han hecho, lo que supone el 27 por ciento de la carrera.

Las fuentes explican que ese curso, que es online y supone una dedicación de 50 horas, debe realizarse y ser superado, porque es condición sine quanon para poder realizar la 'minioposición' de especialidad. No obstante, matizan que la ley no obliga al conjunto de la carrera a seguir ni ese ni ningún otro curso, y recuerdan que quien quiera puede realizarlo de forma voluntaria --aunque no quieran especializarse en ninguna materia concreta--.

Sobre la popularidad de ese curso entre los jueces españoles, afirman que goza de una gran demanda y que cuando anualmente se abre el plazo desde la Escuela Judicial se apunta un gran número de miembros de la carrera, algo posible porque al ser online las plazas son ilimitadas.

El curso de violencia de género

Por otro lado, explican que existe un curso concreto sobre violencia de género que obligatoriamente han de realizar los jueces que por concurso ordinario vayan a ocupar plaza en un juzgado especializado de violencia sobre la mujer o en las audiencias provinciales que cuenten con sección especializada en violencia de género.

Así, indican que si se suman los jueces que han realizado la formación en perspectiva de género a los que han hecho el de violencia de género (300), el recuento arroja que se ha formado al 32 por ciento de la carrera.

Una de las magistradas que ha realizado esos cursos de perspectiva, la delegada de Igualdad del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Laura Cristina Morell, ha explicado en conversación con Europa Press que la formación en perspectiva de género arranca desde la carrera, se extiende durante los nueve meses en la Escuela Judicial y continúa después porque "no solo es una obligación sino un derecho y se ejercita".

:  https://elderecho.com/jueces-obligados-formarse-perspectiva-genero-para-especializarse

 

“Asociaciones judiciales acusan al CGPJ de entrometerse en sus funciones jurisdiccionales”:

 

El CGPJ redactó unas Guías con Recomendaciones sobre la Custodia Compartida (en caso de Separación) y las asociaciones de magistrados recordaron al CGPJ, que tiene prohibido hacer recomendaciones a los jueces.

 

Ver artículo: “ASOCIACIONES JUDICIALES ACUSAN AL CGPJ DE ENTROMETERSE EN SUS FUNCIONES JURISDICCIONALES” ,  OK Diario, de 03 julio 2020:

La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y el Foro Judicial Independiente (FJI) han emitido un comunicado conjunto donde consideran una clara intromisión en la función jurisdiccional de jueces y magistrados la aprobación por el pleno del CGPJ de la “Guía de criterios de actuación judicial en materia de custodia compartida”.

 

Este minucioso estudio, impulsado por la Comisión de Igualdad, nació como una herramienta práctica en la que los jueces pudiesen apoyarse para determinar el modelo de guarda y custodia adecuado a cada caso. Igualmente, entre otras cuestiones, el texto reclama una reforma urgente de la legislación, con el fin de regular de manera clara la custodia compartida; la especialización en materia de familia de órganos judiciales en primera y segunda instancia y la mejora en la comunicación entre los juzgados de familia y los juzgados penales para garantizar la seguridad de los menores en los casos de violencia doméstica o de género.

A pesar de tales intenciones, tres de las cuatro principales asociaciones judiciales de nuestro país han mostrado su disconformidad con el Acuerdo del Pleno del pasado 25 de junio de 2020 por el que su órgano de gobierno aprobaba (con 20 votos a favor y uno en blanco) la citada guía con criterios de actuación en materia de custodia de menores. Asimismo, y aunque valoran positivamente “los esfuerzos que el CGPJ realiza en materia de formación de los jueces”, proponen que “la mencionada guía podría fácilmente incluirse dentro de dichos esfuerzos, al suponer un estudio detallado de abundante jurisprudencia al respecto y compilar las opiniones de especialistas en la materia”.

Advierten que, “el CGPJ ha dado un paso más con esta guía, y al revestirlo con la autoridad de un acto administrativo mediante su aprobación por el Pleno, ha entrado de lleno en un terreno que le está vedado”, ya que como recuerda el comunicado, “el art. 12.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), enraizado directamente en la independencia de los jueces que proclama el art. 117.1 de la Constitución Española (CE) prohíbe expresamente al CGPJ dirigir instrucciones generales a los jueces «sobre la interpretación del ordenamiento jurídico que lleven a cabo en el ejercicio de su función jurisdiccional»”.

En la misma línea reconocen que, por muy útil que pueda resultar la guía como herramienta de trabajo, “supone una clara intromisión en la función jurisdiccional de jueces y magistrados. El CGPJ, simplemente, no puede dar a sus jueces “criterios de actuación judicial” en ningún ramo o materia. De ninguna manera”.

Por último, avisan que, con ello, “el CGPJ ha sentado un precedente muy peligroso”. Y que a pesar de la “buena intención” o de algún “disfraz que quiera dársele”, no se puede justificar que “el órgano de gobierno de los jueces se dirija a éstos indicándoles cómo deben conducirse en su ejercicio jurisdiccional”, concluye el comunicado.

Fuente: https://okjuridico.okdiario.com/asociaciones-judiciales-acusan-cgpj-entrometerse-sus-funciones-jurisdiccionales/

 

El art. 12.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), enraizado directamente en la independencia de los jueces que proclama el art. 117.1 de la Constitución Española (CE) prohíbe expresamente al CGPJ dirigir instrucciones generales a los jueces «sobre la interpretación del ordenamiento jurídico” .

 

¿Porque entonces el OBSERVATORIO imparte unos curso para los Jueces y Magistrados de obligada asistencia?. Parafraseando el comunicado de los Jueces del 03 de julio de 2020 en OK DIARIO : “a pesar de la “buena intención” o de algún “disfraz que quiera dársele”, no se puede justificar que “el órgano de gobierno de los jueces se dirija a éstos indicándoles cómo deben conducirse en su ejercicio jurisdiccional”.

 

 

D.     Responsabilidad a los Legisladores españoles, por Infracción del Derecho de la Unión

Desde el año 2004, la Perspectiva de Género y el Feminismo forman parte de la COMISIÓN que sanciona a los Jueces.

Desde el año 2019, los jueces y magistrados que quieran acceder a una especialización deben realizar y aprobar un curso de perspectiva de género de 50 horas impartido por el OBSERVATORIO.

 

Consulta: ¿Los ciudadanos podrían pedir Responsabilidades a los Legisladores españoles por Infracción del Derecho de la Unión? ¿y exigir una compensación económica?.

D. Ricardo Alonso García, Decano de la Facultad de Derecho de la UCM, impartió una charla magistral sobre el tema, en la Academia Matritense del Notariado, el 12 ene 2023:

“La responsabilidad del legislador español por infracción del Derecho de la Unión Europea”

Youtube:  https://www.youtube.com/watch?v=dxIXyk0yUg4

Texto: https://www.elnotario.es/hemeroteca/revista-107/academia-matritense-del-notariado/11875-responsabilidad-del-legislador-por-infraccion-del-derecho-de-la-union

 

 

SOLICITAMOS que el CGPJ NO dirija instrucciones generales a los Jueces y Magistrados y por lo tanto, que el OBSERVATORIO suspenda sus cursos obligatorios a Jueces y Magistrados

 

Apoyamos a los Jueces y Magistrados, para lograr “Una Justicia Independiente e Imparcial”.

Por ello, en cumplimiento con la Constitución Española, Solicitamos con todo el respeto: la suspensión inmediata de los cursos de formación obligatoria sobre la Perspectiva de Género y Feminismo, impartidos a los Jueces y Magistrados por el OBSERVATORIO CONTRA LA VIOLENCIA DOMESTICA Y DE GÉNERO del CGPJ.    

                       

Estamos a su disposición. Reciban un cordial saludo,

 

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